Licencia de luto en Colombia
5 días hábiles remunerados por fallecimiento de familiar. Qué parentescos cubre, qué prueba exigen y cómo reclamar si no te la dan.
Base legal: Ley 1280 de 2009
La licencia de luto en Colombia está regulada por la Ley 1280 de 2009, que modificó el Art. 57 CST. Otorga 5 días hábiles remunerados por fallecimiento de familiar directo, aplicable a todos los trabajadores del sector privado y público.
Parentescos cubiertos
| Línea | Grado | Familiares |
|---|---|---|
| Consanguinidad | 1er grado | Padres, hijos |
| Consanguinidad | 2do grado | Abuelos, nietos, hermanos |
| Afinidad | 1er grado | Suegros, yernos, nueras, hijastros, padrastros |
| Civil | 1er grado | Padre/madre adoptante, hijo adoptivo |
| Cónyuge o compañero(a) permanente | — | Esposo(a), compañero(a) con unión marital de hecho |
Cómo pedirla paso a paso
- Avisa al empleador por el canal usual (correo, chat corporativo, teléfono) tan pronto como sea posible.
- Deja constancia escrita: fecha de fallecimiento, parentesco, fechas de licencia.
- Dentro de los 30 días hábiles siguientes, entrega el registro civil de defunción.
- Conserva copia del aviso y del acuse de recibo.
Qué NO pueden hacer
- Negártela estando el parentesco cubierto.
- Descontarla de vacaciones, salario o prestaciones.
- Pedir prueba antes del regreso (basta con la posterior).
- Exigir reposición de días o horas.
- Despedirte o sancionarte por tomarla.
Qué hacer si te la niegan o descuentan
- Reclamo escrito al empleador citando la Ley 1280 y Art. 57 CST.
- Denuncia ante la Inspección del Trabajo (Mintrabajo) — multas hasta 5.000 SMLMV al empleador.
- Tutela si hay afectación de derechos fundamentales (dignidad, duelo).
- Si te despiden por reclamar, es despido injusto con indemnización plena + eventual sanción por retaliación.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días son de licencia de luto en Colombia?+
5 días hábiles remunerados (Ley 1280 de 2009). Son hábiles, no calendario — fines de semana y festivos no cuentan. Deben otorgarse de forma continua desde el fallecimiento o conocimiento del hecho.
¿Por qué familiares aplica la licencia de luto?+
Cónyuge o compañero(a) permanente, padres y padrastros, hijos e hijastros, hermanos, abuelos y nietos, suegros. Se extiende a parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (abuelos, nietos, hermanos), primer de afinidad (suegros) y primero civil (adoptados).
¿Qué prueba exige el empleador?+
Registro civil de defunción expedido por autoridad competente, dentro de los 30 días hábiles siguientes al hecho. En casos urgentes basta con certificación provisional. Si no entregas la prueba a tiempo, el empleador puede descontar los días.
¿Qué pasa si mi empleador no me da la licencia de luto?+
Está violando la Ley 1280 y puedes: (1) denunciar ante la Inspección del Trabajo (sanción al empleador hasta 5.000 SMLMV); (2) tutela si hay afectación de derechos fundamentales; (3) exigir el pago de los días y, si te despidieron por reclamar, demandar por despido injusto.
¿La licencia de luto es con salario o sin salario?+
Con salario completo. Son días hábiles remunerados, el empleador no puede descontarlos de salario, prestaciones ni vacaciones. Si lo hace, puedes reclamar la diferencia + sanción moratoria del Art. 65 CST si no se corrige.
Guías relacionadas
Lo revisamos en 45 minutos: reclamo, denuncia o demanda según el caso. $100.000 COP.