Seguridad social y pensión en Colombia
Aportes no pagados, mora patronal, reliquidación pensional y demandas contra Colpensiones o fondos privados. Revisamos tu caso y te decimos si vale la pena reclamar.
Casos que llevamos
- Aportes a pensión no consignados o consignados tarde. Mora patronal con impacto sobre la pensión futura o actual.
- Reliquidación pensional por IBL mal calculado, semanas omitidas, factores salariales no incluidos, aplicación errónea del régimen.
- Demanda contra Colpensiones por negativa de pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.
- Demanda contra fondos privados (Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia) por reconocimiento o cálculo.
- Traslado indebido de régimen pensional (RAIS ↔ RPM).
- Indemnización sustitutiva o devolución de saldos.
- Bono pensional mal emitido o no reconocido.
- Cuota parte pensional entre entidades públicas y privadas.
Cómo saber si tu empleador está en mora
Revisa estos elementos antes de consultar:
- Historia laboral en Colpensiones o en el fondo privado. Compara meses cotizados vs meses trabajados según contrato.
- Aportes en salud (EPS). Si aparecen suspensiones, es señal de mora.
- Desprendibles de nómina: verifica que aparezca deducción por pensión, salud y ARL.
- Certificaciones de aportes que hayas solicitado a Colpensiones o al fondo.
Base salarial para aportes
La base de cotización debe reflejar el salario real, incluyendo comisiones, horas extra habituales, bonificaciones salariales y otros pagos que la ley considere salario. Si tu empleador cotizó sobre un salario menor al real, se configura evasión, no solo mora: el trabajador puede reclamar la diferencia con impacto directo en la pensión.
Plazos y prescripción
- Reclamación administrativa ante Colpensiones o fondo privado: obligatoria antes de demandar.
- Demanda ordinaria laboral: prescribe a los 3 años desde la exigibilidad. La prescripción se interrumpe con la reclamación administrativa.
- Mesadas pensionales causadas y no pagadas: prescriben trienalmente.
- El derecho a la pensión misma no prescribe — lo que prescriben son las mesadas atrasadas más allá de 3 años.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si mi empleador no pagó aportes a pensión?+
El empleador es responsable directo del pago de aportes al sistema de seguridad social (Art. 22 Ley 100/1993). Si no consignó o consignó tarde, incurre en mora patronal y responde por el pago retroactivo con intereses, además de garantizar la prestación pensional que se hubiera causado. Cuando el trabajador está próximo a pensionarse y falta cotización por mora del empleador, puede demandarse directamente a la empresa para que reconozca la pensión o la cuota parte correspondiente.
¿Qué es la reliquidación pensional y cuándo se pide?+
Es la revisión de una pensión ya reconocida cuando se advierte que el IBL (Ingreso Base de Liquidación) o los aportes tenidos en cuenta no reflejan lo realmente cotizado. Aplica cuando se omitieron semanas cotizadas, no se incluyeron factores salariales que debían computarse o hubo errores en la aplicación del régimen (transición, especial, ordinario). El proceso se inicia con reclamación administrativa ante Colpensiones o el fondo privado, y si se niega, con demanda ordinaria laboral.
¿Se puede demandar a Colpensiones o a un fondo privado?+
Sí. Contra Colpensiones se demanda ante jueces laborales del circuito por reconocimiento o reliquidación de pensión, indemnización sustitutiva, bono pensional, traslado indebido de régimen, etc. Contra fondos privados (Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia) se procede por la misma vía. En ambos casos hay que agotar previamente la reclamación administrativa.
¿Cuánto tarda un proceso de pensión en Colombia?+
La reclamación administrativa: 15 días hábiles (Ley 1755/2015). Si se niega, la demanda ordinaria laboral puede tomar 12–24 meses en primera instancia, más la apelación si aplica. En la consulta te damos un estimado realista según el fondo, la causal y el juzgado que probablemente conocerá el caso.
Revisamos tu historia laboral, tu régimen y las semanas cotizadas para decirte con franqueza si hay caso. Consulta $100.000 COP.